Además las propiedades horizontales deben llevar un libro oficial de actas, el cual debe registrarse en la alcaldía de la ciudad donde está el edificio, debe reposar en la oficina por si se presentan conflictos y exigen copia de algún acta. Otro Libro que debe llevar es el libro de registro de propietarios, que también debe reposar en la oficina de carácter informativo.